Educación Especial: Los Cinco Pasos Del Proceso de Obtener Servicios Para Sus Hijos
Con la ley IDEA, no hay razón de dejar que su hijo que se caiga atrás de sus amigos cada año escolar. Padres pueden ponerse en cargo del futuro de sus hijos para ayudarlos realizar un futuro exitoso.
¿Qué es educación especial? Educación especial es la enseñanza individualizada, en grupos, o a través de servicios especiales o programas que cumplan con las necesidades específicas de estudiantes con incapacidades. Los servicios y programas de educación especial se proveen sin costo alguno a los padres. El propósito de educación especial es para mover su hijo hacia independencia y autosuficiencia consistente con su potencial. El distrito escolar esta requerido de proveer instrucción deseñada especialmente para las necesidades de su hijo y basada en investigación sientífica revisada.
Primer Paso: Recomendación Inicial Para Servicios de Educación Especial. Si su niño entre la edad de tres (3) a ventiún (21) años tiene dificultades en la escuela con la lectura, la escritura, matemáticas, comportamiento, atención, social o emocional, debe de pedir una evaluación educativa. Cualquier persona que conoce las necesidades de su hijo puede recomendarlo para servicios de educación especial, incluyendo los padres, la maestra, la doctora, la consejera de la escuela, oficiales judiciales, su cura o sacerdote, o una persona de una agencia pública. Haciendo la Recomendación es simple. Haga una declaración escrita solicitando al distrito escolar que evalúe a su niño con el propósito de determinar si necesita educación especial. Esta declaración puede ser dirigida al oficial directivo de servicios de educación especial, la maestra, el principal, o la consejera de la escuela. Niños en escuelas privadas or religiosas también pueden pedir esta evaluación al distrito o la agencia “Intermediate Unit” de su condado.
Segundo Paso: Evaluación Gratis y Comprensiva. El distrito escolar les pide a los padres un consentimiento para hacer varias pruebas que determinarán si su hijo necesita educación especial. Esta evaluación tiene que ser completada dentro de sesenta (60) días desde la fecha que la escuela recibe el Permiso Para Evaluar-Forma de Consetimiento con su firma. Niños que reciben servicios de inglés como segundo idioma (ESL) no tienen que esperar hasta que aprenden ingles para ser evaluados. Las pruebas estan disponibles en español. La evaluación tiene que ser comprensiva y puede incluir examen psicológico y capacidad cognitiva, pruebas de aprendizaje en la lectura, la escritura, matemáticas, pruebas de habla o de desarollo del lenguage, terápia física u ocupacional, del comportamiento, atención, aptitud social o relaciones con otros niños, del estado emocional, y evaluación vocacional empezando a los 14 años.
Tercer Paso: Eligibilidad. Niños que pueden ser eligible incluyen niños entre las edades de 3 y 21 años y por razones mentales, físicas o emocionales, requieren servicios o programas de educación especial. Algunas clasificaciones incluyen: problemas de aprendizaje; autismo; sordera; desviaciones emocionales; retraso mental; desorden hiperactivo del déficit de atención (ADHD); múltiples incapacidades; impedimento ortopédico; cualquier otro tipo de incapacidad relacionado con la salud, incapacidad de habla y lenguaje, lesión traumática al cerebro y incapacidad visual. Si Ud. no está de acuerdo con la evaluacion del distrito, Ud. tiene el derecho de solicitar una Evaluacion Educacional Independiente con fondos del distrito.
Cuarto Paso: Programa de Educación Individualizada (IEP). El distrito tiene que ofrecer a su hijo un IEP dentro de 30 días de la fecha de la evaluación. Este programa debe de ser individualizada para las necesidades de su hijo, incluyendo instrucción especialmente diseñada, ayudas y servicios en la clase regular, servicios relacionados, clases especiales, programas individualizados de la lectura, la escritura o matemáticas, terapia física, del lenguage, ocupacional o visual, un programa para manejar el comportamiento, servicios para desorden del proceso auditivo, maneras especiales en la cuál su niño tomará exámenes (más tiempo, alguien que lea el exámen), modificaciones en el programa para su niño, apoyo para el maestro de su niño para ayudar a implementar el IEP, servicios suplementarios y/o modificaciones en el plan de estudios, cómo y cuándo recibirá informes sobre el progreso de su niño y para adolescentes, planes y servicios de transición empezando a los 14 años. Los Servicios Relacionados son varios y deben de ayudar a su hijo accesar su programa, incluyendo servicios de: traductores; audiologia; apoyo psicológico; examenes médicos diagnosticos; servicios de enfermera; orientacion y mobilidad; apoyo y entrenamiento para padres; servicios psicológicos; y transportación. Finalmente, la instrucción de su niño deberá ser educado en la escuela donde él/ella debería atender si no tuviera una incapacidad y en un ambiente menos restrictivo. Si su hijo no puede ser educado en el una clase de educación general, el distrito tiene que considerar otra colocación – sea en una clase especial, escuelas especiales, escuelas en un distrito adjunto, escuelas privadas apropiadas. Si su niño no puede atender a la escuela por razón de su incapacidad, el distrito tiene que proveer servicios de educación especial en su casa, en hospitales e instituciones.
Quinto Paso: Revision/Reevaluación anual. El programa IEP es revisado cada año. La Reevaluación debe de ocurrir cada tres años, o cuando piden los padres – pero no más que una vez al año. Para niños con atrazo mental, la Reevaluación debe ser realizada cada dos años.
Derechos de los Padres Padres tienen el derecho de ser incluidos en desallorando el programa educacional de sus hijos. Tienen el derecho de tener traductores durante conferencias, cuando revisan los resultados de la evaluación, durante el proceso del IEP y durante cualquier procedimiento sobre la educación especial de su hijo. También tienen el derecho de recibir documentos en español, incluyendo consentimientos, invitaciones a conferencias, y el Aviso Para Padres de Garantías de Procedimientos que les avisa a los padres de los derechos suyos y de sus hijos.