Disciplina Para Estudiantes de Educación Especial
La disciplina para estudiantes de educación especial ha causado una tremenda confusión con respecto a las leyes de educación especial. Entre los asuntos que más se litigan con respecto a la educación especial, las leyes de disciplina han recientemente tenido muchos cambios. La ley IDEA impone requisitos a los distritos escolares sobre la disciplina del estudiante de educación especial. Los estudiantes que estan protegidos bajo estas normas incluyen: 1) estudiantes bajo la ley IDEA; 2) estudiantes incapacitados que son protegidos por la sección 504 del Acta de Rehabilitación del 1973; y/o 3) estudiantes que son candidatos para estas leyes pero no han sido identificados.
Estudiantes incapacitados, pero que no tienen un nivel de retardación mental, pueden ser suspendidos por diez (10) días consecutivos, pero no mas de quince (15) días al año, si éstos violan las reglas de la escuela. Pero esto solo es posible cuando las reglas son aplicadas sin ninguna excepción y todo niño es evaluado igualmente. Una expulsión por mas de diez (10) días consecutivos o quince (15) días en un año escolar es considerada un “cambio de ubicación por razones de disciplina”. El distrito escolar debe de seguir los procedimientos específicos antes de que hagan algun cambio de ubicación permanente.
Específicamente, si el distrito escolar quiere cambiar la ubicación de un estudiante por razones de disciplina, estos deben de proveer un aviso escrito para los padres el cual debe de indicar el cambio en el programa educativo. En adición, también deben de incluir en el aviso escrito los “procedural safeguards” en el dia que la decision sea tomada. Durante diez (10) días escolares cualquier decisión para cambiar la ubicación de un estudiante incapacitado por una violación del codigo estudiantil, el padre como los miembreos del programa de educación individual (IEP), examinarán la información relevante en el expediente del estudiante incluyendo el IEP, observaciones de los maestros y/o cualquier información relevante del niño. La información que los padres provean ayudará a determinar: 1) si el comportamiento fue causado o fue relativo a la incapacidad del estudiante; 2) si el comportamiento fue resultado directo del fracaso del distrito al implementar el IEP, lo cual se conoce mejor como “Manifestation Determination.”
Si el impacto del comportamiento de un estudiante es determinado, la incapacidad del niño es substancial. Si se determina que el comportamiento de un estudiante no fue manifestación de su incapacidad, la escuela tiene la autoridad de implementar el procedimiento disciplinario igual al que los niños sin alguna incapacidad usan. Si el distrito escolar adjunto a los padres y miembros del programa educativo individualizado, determinan que el comportamiento del niño fue una manifestación causada por su incapacidad (con la excepción de armas, drogas o daños corporales hacia otra persona) el estudiante incapacitado debe de volver a la escuela, a menos que el padre de este niño no este de acuerdo a no cambiar su colocación.
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